Seminario organizado por Madrid Federal y la Fundación Ortega-Marañón sobre El Estado autonómico a la luz del federalismo alemán.
Presentado por el vicepresidente de Madrid Federal, Juan Puig de la Bellacasa, que agradeció a la FOM la cesión de su sede, en la sala que alberga la biblioteca particular del propio Ortega y Gasset, además de explicar las razones de una asociación como Madrid Federal, y moderado por la profesora de Ciencia Política de la UNED, Angustias Hombrado, que destacó la voluntad de este seminario de ofrecer al público no especializado la opinión formada sobre estos temas, y dio la palabra a los ponentes, Antonio Arroyo, profesor de Derecho Constitucional de la UAM, y César Colino, profesor de Ciencia Política de la UNED.
El profesor Arroyo comenzó su intervención advirtiendo que 43 años después de aprobada la Constitución, su reforma no debería postergarse más. Un reparto más claro de competencias entre el Estado Central y las CCAA, la reforma del Senado en tanto que órgano constitucional a través del cual las CCAA puedan desarrollar su propuesta política o la propia financiación de aquellas deberían ser razones suficientes para avanzar en esa dirección.
Arroyo cree imprescindible actualizar el Pacto Constitucional y mejorar la organización del poder público en un país diverso con una consolidada cultura de la descentralización, para lograr una mayor eficacia en la organización territorial del Estado. Arroyo, precisó que no hay un modelo único de Estado federal, pero la referencia alemana puede sernos muy útil. “Si el federalismo alemán se presenta como un modelo eficaz de organización del poder público, ¿por qué España no puede profundizar el Estado autonómico en sentido federal?”.
El Consejo Federal alemán (Bundesrat), en el que aparecen representados de forma eficaz los 16 länder o entidades territoriales con las que cuenta Alemania desde 1990, bien podría servir de ejemplo al necesario proceso de reforma que debe afrontar el Senado español para garantizar una representación política vigorosa de las comunidades autónomas. Una reforma constitucional o federalización de la política española que han de asentarse en los principios de solidaridad, transparencia y lealtad federal.
VIDAS PARALELAS
Por su parte, César Colino comenzó su intervención presentando unas premisas ante la idea de que la organización federal de España y Alemania son, en muchas circunstancias, realidades que caminan en paralelo.
En este escenario previo se refirió en primer lugar al mundo de las instituciones, que son sistemas dinámicos que cambian adaptándose al entorno, independientemente de que cambien o no las Constituciones. En segundo lugar, destacó otro cambio, el de las ideas, lo que significa que la judicatura interpreta de forma diferente los mismos hechos con el transcurso del tiempo. Por último, llamó la atención sobre la utilidad de las reformas. Esto es, diferenció la facilidad para identificar problemas frente a la inseguridad de que las reformas solventen esos problemas.
Tras estas consideraciones, el profesor Colino proclamó que “no existen dos sistemas federales más parecidos que el de España y Alemania”, si bien añadió que España es una mezcla del federalismo alemán con retoques de Canadá.
En lo que él vino a referirse como vidas paralelas, trazó una serie de hitos históricos cronológicamente coincidentes entre ambos países con puesta en marcha de estatutos, cambios en el sistema financiero, aumento de competencias descentralizadas o cambios constitucionales relativos a la financiación. Estas reformas se dan paralelamente en España y Alemania en 1994, 2001, 2006 y 2009, año en que nuestro país paraliza las reformas por tres causas: “la crisis económica, el sistema de partidos políticos y el embrollo catalán”.
Sin embargo Alemania continuaría acometiendo reformas en 2017 y 2019. A partir de ahí, el profesor Colino desgranaría las similitudes y las diferencias entre ambos países. Entre las primeras resaltó el predominio fiscal del poder central.
Respecto a las diferencias destacó que en Alemania predomina el gobierno compartido frente al autogobierno, más importante en España. También se refirió a la continua necesidad de consenso y negociación existente en Alemania que no se da en España. Asimismo explicó que en Alemania, a diferencia de España, sí se hacen políticas de coordinación y cooperación horizontal, así como que el nivel de conflictividad jurisdiccional es muy bajo en el país germano. Por último, se refirió a la facilidad de Alemania para acometer reformas constitucionales, sólo en el ámbito territorial, sesenta, algo impensable en nuestro país.